Este debate tiene 4 respuestas, 4 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 12 años, 1 mes por DarkPilgrim.
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27/02/2012 a las 15:50 #70413
Buenas, hamijos. Sé que estos temas mejor consultarlos profesionalmente, pero como aquí hay gente que controla del tema, lo comento también aquí para ir tanteando. La cuestión es la siguiente:
Una madre viuda tiene 3 hijos: A, B, y C.
A y B hace mucho que abandonaron el nido, y apenas tienen relaciones con la madre. C aún vive con esta, la cuida, se ocupa de ella, etc.De cara a su testamento, la madre decide repartir la herencia del piso de la siguiente manera:
Deja a A, B, y C, la parte que corresponde de la legítima.
Deja excusivamente a C, los tercios de mejora y libre disposición al completo.Con lo que, 7/9 del piso pertenecerían a C, y a A y B 1/9 a cada uno.
Mis dudas:
¿Está C obligado a contar con la aprobación de A y B para vender el piso a otra persona, o para comprarles a A y B la parte que estos poseen?
¿Tienen A y B derecho a hacer uso del piso (entrar y salir a su gusto, vivir en él, etc) tanto como C? ¿O la madre podría dejarle a C algo así como “derecho de ocupación” o algo similar?
En el supuesto de que la madre tuviera otras propiedades (dinero, terrenos, etc) aparte del piso, ¿podría disponer de estas en su testamento como le viniera en gana para que fueran a parar a A y B como su parte correspondiente de la legítima, y así el piso fuera al 100% para C?
Gracias!
27/02/2012 a las 15:53 #70416
a qué velocidad va el tren??
después del trolleo, dejo hueco para que respondan seriamente. espero no se haya ofendido el creador del topic.
27/02/2012 a las 19:20 #70470
Sí a todas.
¿Está C obligado a contar con la aprobación de A y B para vender el piso a otra persona, o para comprarles a A y B la parte que estos poseen?
Sí.
¿Tienen A y B derecho a hacer uso del piso (entrar y salir a su gusto, vivir en él, etc) tanto como C?
Sí.
¿O la madre podría dejarle a C algo así como “derecho de ocupación” o algo similar?
La formula es bonita pero puede ser una putada. Le puede dejar la nuda propiedad del piso a A y B y a C el usufructo vitalicio que también se valora. Pero en ese caso, C solo podría alquilar el piso, nunca venderlo.En el supuesto de que la madre tuviera otras propiedades (dinero, terrenos, etc) aparte del piso, ¿podría disponer de estas en su testamento como le viniera en gana para que fueran a parar a A y B como su parte correspondiente de la legítima, y así el piso fuera al 100% para C?
Sí. De hecho, si quisiese que la casa fuera para el hijo C, lo que tendría que hacer es adjudicar los 7/9 de su herencia a C en virtud de la casa que se valora en el 78% del caudal relicto y el resto de los bienes (las otras propiedades (dinero, terrenos, etc…)) en proinvidiviso a los hijos A y B.
El problema puede surgir que los hijos A y B impugnen el testamento y la adjudicación por las valoraciones que se les de a los bienes. Algo ni tan raro.En resumen, sí a todo.
27/02/2012 a las 20:55 #70499
28/02/2012 a las 15:42 #70646
Gracias!
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